El consumo de productos psicoactivos alberga riesgos. El nuevo informe “Regular los riesgos” enumera por primera vez las 26 formas en que la ley puede minimizar los peligros. Las sustancias adictivas están bien reguladas políticamente si se evita el mayor daño posible con el menor número de restricciones. Para ello, la Comisión Federal para las Cuestiones de Adicción y la Prevención de Enfermedades No Transmisibles (FCSN) recomienda un enfoque paso a paso hacia un endurecimiento de las disposiciones legales que tenga en cuenta los riesgos. Esto ahorra costes, evita sufrimientos, crea libertad y fortalece la economía.
(red) La regulación de los productos psicoactivos en Suiza ha crecido históricamente y es correspondientemente incoherente. La cerveza y los licores están gravados, pero el vino no. Los proveedores deben advertir de las consecuencias de fumar y apostar, pero no de las consecuencias de beber y apostar. Los productos del tabaco para fumar se gravan mucho más que los productos del tabaco para aspirar. Existen obligaciones de declaración y controles de calidad para las sustancias legales, pero los estupefacientes se dejan sin control al mercado negro y a las organizaciones criminales. En resumen: la política suiza en materia de adicciones es una “colcha de retales”. Esta es la principal conclusión de una revisión presentada por la Comisión Federal sobre Adicciones y Prevención de Enfermedades No Transmisibles (FCND) en 2022. La EKSN redobla ahora sus esfuerzos y proporciona a los responsables políticos un marco de orientación con el que pueden regular los productos psicoactivos de forma personalizada y sensible a los riesgos.
Los productos psicoactivos no son bienes de consumo ordinarios. Albergan riesgos y pueden provocar adicción. Se ha demostrado científicamente que los riesgos asociados al consumo de productos psicoactivos dependen de muchos factores. Por esta razón, una simple categorización de los productos psicoactivos en prohibidos/peligrosos y permitidos/no peligrosos es muy inexacta desde una perspectiva profesional. Cuantos más riesgos se asocien al consumo de productos psicoactivos, más estrictamente deben regularse.
La EKSN identifica 26 opciones legislativas de actuación que ya se utilizan en la actualidad, aunque de forma menos sistemática y técnicamente incoherente. Entre ellas se incluyen la regulación de la producción (por ejemplo, requisitos de autorización, requisitos de calidad), la venta (por ejemplo, límites de edad, requisitos de información), la comercialización (por ejemplo, restricciones publicitarias, advertencias), la fiscalidad y la fijación de precios, así como el consumo (por ejemplo, prohibición del alcohol en los estadios). La EKSN recomienda que los políticos adapten gradualmente la legislación actual en aras de una política coherente en materia de adicciones. Para ello, propone buscar el mejor equilibrio posible entre el derecho individual a la elección libre e informada del consumidor, la protección de la salud y de los jóvenes, la libertad económica y las necesidades de seguridad de los consumidores, sus familias y la sociedad sobre la base de los descubrimientos científicos. La intervención del Estado debe ser proporcionada, eficaz y eficiente. Debe garantizarse que estos procesos de negociación no estén dominados unilateralmente por grupos de interés económico, sino que se desarrollen en un amplio diálogo de la sociedad civil, profesional y política.
El objetivo de la EKSN es optimizar la reglamentación y los recursos utilizados, no un endurecimiento o liberalización general de los mercados de productos psicoactivos. Esto se debe a que la regulación siempre inmoviliza recursos y dinero, especialmente los de la policía y las autoridades fiscales. Existe un interés económico en desplegar estos recursos de tal forma que se pueda evitar el mayor sufrimiento, costes y pérdidas de productividad con el menor esfuerzo posible. La actual política de adicciones no cumple estos requisitos. La EKSN ve la mayor influencia en la distribución, es decir, en la interfaz entre las empresas productoras y los consumidores.
Fuente: www.bag.admin.ch/bag/de/home/das-bag/aktuell/medienmitteilungen.msg-id-101754.html (fecha de acceso: 01/08/2024).
InFo NEUROLOGIE & PSYCHIATRIE 2024; 22(4): 39 (publicado el 26.8.24, antes de impresión)