Durante mucho tiempo no se ha establecido con claridad si los diabéticos son o no aptos en general para conducir un vehículo. Con la adopción de la directriz S2e “Diabetes y tráfico rodado” se creó por primera vez seguridad jurídica para los médicos.
La participación en el tráfico por carretera en Suiza está regulada por la Ley de Tráfico por Carretera. Esto establece que los conductores de vehículos de motor deben ser aptos y competentes para conducir. Por aptitud para conducir se entiende la capacidad para conducir un vehículo de motor en el tráfico rodado que es en gran medida estable a lo largo del tiempo e independiente de los parámetros de la situación actual y del estado de ánimo, tal y como establece la directriz. Las características físicas y psicológicas pueden tener aquí un efecto perjudicial. Durante mucho tiempo se ha debatido si los pacientes con diabetes son aptos para conducir. Especialmente en lo que respecta a los conductores profesionales, se expresó a menudo la opinión de que a los pacientes insulinodependientes se les debería negar el permiso de conducir.
La directriz ha situado la evaluación de la aptitud para conducir en la diabetes sobre una base médico-científica. Los resultados de un metaanálisis de 2016, por ejemplo, muestran que el riesgo de accidentes para las personas con diabetes sólo aumenta en un 11% aproximadamente, y por tanto es mucho menor que el riesgo para las personas con síndrome de apnea del sueño (140%) o trastorno por déficit de atención con hiperactividad (340%). Los análisis sugieren que la enfermedad per se no está asociada a un mayor riesgo de accidentes. En consecuencia, casi todos los pacientes diabéticos pueden participar en el tráfico rodado, tanto en vehículos particulares como profesionales. Sin embargo, se han identificado grupos de alto riesgo dentro de la enfermedad en los que la evaluación del riesgo es significativamente peor.
Un nivel alto de azúcar en sangre a largo plazo no es motivo para prohibir conducir
Aunque un nivel elevado de HbA1c o el tratamiento con insulina no son motivos para prohibirle conducir, debe tener precaución si tiene dos o más episodios graves de hipoglucemia estando despierto en el plazo de un año o si padece apnea del sueño no tratada. También deben tenerse en cuenta las comorbilidades. La incapacidad temporal para conducir se produce, por ejemplo, en caso de descarrilamientos metabólicos graves o durante la fase de adaptación a la insulina o los ajustes de dosis. Aquí hay que esperar hasta que el metabolismo del azúcar en sangre se estabilice de nuevo.
La primera prioridad debe ser, por supuesto, evitar la hipoglucemia. En consecuencia, se aconseja al paciente que realice un autocontrol de la glucemia antes de iniciar un viaje. Además, los hidratos de carbono de acción rápida, como la glucosa o similares, deben estar siempre a mano en el vehículo para poder elevar la glucemia de forma selectiva en caso necesario.
Según una primera evaluación, la directriz ha dado seguridad (jurídica) a pacientes, médicos e incluso expertos. La estructuración mediante criterios claros basados en hallazgos científicos deja menos margen a la interpretación y proporciona recomendaciones comprensibles para la acción.
CARDIOVASC 2019; 18(3): 34